La moratoria a los contribuyentes de los 26 corregimientos del distrito capital, que concedió el Consejo Municipal de Panamá – a pedido del alcalde José Luis Fábrega- estuvo vigente hasta este miércoles 30 de noviembre.
El referido alivio tributario, que rigió desde el pasado 15 de agosto, exoneraba el ciento por ciento del pago de recargos e intereses a todos aquellos que cumplieran las condiciones transitorias especiales establecidas.
Para que el contribuyente pudiera acceder a este beneficio tenía dos opciones:
a.- Podría realizar un arreglo de pago. b.- Podría cancelar la totalidad de la deuda.
En ambos escenarios se le exoneraría de los recargos e intereses que reflejara el estado de cuenta.
Como requisito mínimo el contribuyente no debía mantener Declaraciones Juradas pendientes de presentación, ni arreglos de pago activos a la fecha.