El ruido, que es una sensación auditiva inarticulada, generalmente desagradable, molesta al oído y no deseada, que interfiere en la comunicación entre las personas o en sus actividades, y produce contaminación auditiva. Un ruido, tiene un efecto angustioso, que puede causar una perturbación psicológica.
Por lo tanto, las emisiones de sonidos considerados ruidos deben regularse para el mantenimiento de la salud mental de las personas. El Ministerio de Salud es el principal responsable de la regulación del ruido. Sin embargo, la Alcaldía de Panamá procura establecer criterios sólidos de convivencia ciudadana dentro de los cuales está la prevención del ruido.
En efecto, la Alcaldía de Panamá se encarga de dar cumplimiento a las disposiciones legales que regulan la emisión de ruidos en la ciudad de Panamá. Por ejemplo, el artículo 7 del Decreto Ejecutivo N°306 del 4 de septiembre de 2002, establece que entre las 6:00 a.m. y 9:59 p.m., el ruido no debe exceder su intensidad más de 55 decibeles (en escala A) y que de 10:00 p.m. a 5:59 a.m. no debe pasar de 50 decibeles (en escala A).
Las disposiciones de este Decreto Ejecutivo deben cumplirse dentro y fuera de un local o residencia, en fábricas, industrias, talleres, almacenes, bares, restaurantes, discotecas, locales comerciales y cualquier otro espacio cuya actividad genere ruido, por lo que estos locales deben tener instalados sonógrafos o medidores de ruidos aprobados por el Ministerio de Salud y las multas por el exceso de ruido en Panamá van de cincuenta a quinientos balboas (BI 50.00 a B/500.00).
Las personas que se sientan afectadas por esta contaminación auditiva pueden hacer sus denuncias en la página web de la Alcaldía de Panamá: mupa.gob.pa, mientras que por fiestas clandestinas deben ser atendidas por la Policía Nacional, que puede ordenar el desalojo porque se está afectando la convivencia, además, los vecinos deben acudir a la casa de paz a interponer las denuncias para que se apliquen las multas.
Por su parte, la línea nocturna que atiende este tipo de denuncias en la Alcaldía de Panamá es: 506-9637 y el inspector que atiende al lugar con un medidor de ruido.
El procedimiento establece que luego de que se hacen las denuncias, el primer paso es aplicar multas y sanciones, que, según el caso o reincidencia, puede llevar al cierre definitivo que puede ser apelado, y demorar hasta 18 meses.
Siempre es muy importante la organización de los vecinos para recolectar firmas y evidencias para acudir a la Alcaldía.
Además, la Alcaldía de Panamá realiza periódicamente inspecciones y mediciones del ruido producido por equipos de sonido en la ciudad, tal como lo dispone la ley 16 de 17 de junio de 2016 y el Acuerdo Municipal 141 de 23 de septiembre de 2014.
En estas inspecciones los vigilantes municipales, los inspectores y el funcionario de Cumplimiento son los encargados de realizar los operativos con delegaciones específicas para la aplicación de medidas para el control de ruido y cumplimiento de la normativa municipal.
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