“Todos tienen derecho a celebrar fiestas siempre que se respete el derecho al descanso del resto de las personas”, recalcó el director de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá, Eldis Barnes Saldaña, en la fecha en esta fecha que busca concienciar sobre los efectos del ruido excesivo.
Reiteró que de inicio los llamados ‘parkin’ o celebraciones al aire libre, el consumo de licor en espacios públicos, la generación decibeles superiores a lo permitido y la concentración de personas, están prohibidos a nivel municipal y nacional.
Las actividades residenciales requieren de un permiso de la autoridad alcaldicia e implica cumplir con las normativas contra el ruido, violación que contemplan multas de B/.50 a B/.500, precisó.
Las normas que rigen los límites sonoros en la República de Panamá establecen que de 6 p.m. a 9:59 p.m., el nivel sonoro máximo permitido será de 60 decibeles y de 10 p.m. a 5:59 a.m. el nivel sonoro máximo será de 50 decibeles.
Los casos de exceso de ruido barrial y en zonas residenciales corresponde a las Casas de Justicia y Paz, mientras que los generados por fábricas e industrias son competencia del Ministerio de Salud.
Las emisiones a través de altavoces o equipos de sonido en empresas y comercios como bares, cantinas, parrilladas, hoteles, restaurantes y otros sitios de entretenimiento corresponden atender a esta Dirección de Legal y Justicia.
La Ley 16 del 17 de junio del 2016 y el Acuerdo Municipal 141 de 23 de septiembre de 2014 faculta a los inspectores municipales y a funcionarios de Cumplimiento a comprobar con equipos de medición sonoras si los decibeles marcan sobre el nivel y proceder a sancionar.
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En 1996, el Centro para la Audición y Comunicación (CHC) estableció el ‘Día Internacional de la Concientización sobre el Ruido’, para alertar y crear conciencia en la población sobre las causas de los trastornos auditivo y su impacto en la salud física y mental.