Alcaldía de Panamá decreta medidas especiales por Semana Santa en el distrito capital
La Alcaldía de Panamá emitió el Decreto Alcaldicio No. 02-2026, mediante el cual se establecen medidas especiales en el distrito capital con motivo de la conmemoración de la Semana Santa, específicamente durante el Viernes Santo.
El decreto establece la prohibición de la venta y expendio de bebidas alcohólicas desde las 12:00 a.m. hasta las 11:59 p.m. del viernes 3 de abril de 2026, fecha correspondiente al Viernes Santo.
Asimismo, se ordena el cierre de establecimientos comerciales clasificados bajo el nivel 2, conforme al artículo 2-A de la Ley 55 de 1973, durante el mismo periodo de tiempo.
De igual forma, se dispone la suspensión de actividades bailables, fiestas, espectáculos públicos, uso de equipos de sonido, música o cualquier emisión de ruido, exceptuando los cultos y actividades religiosas propias de la fecha, siempre que cumplan con las normas de ruido y permisos correspondientes.
El decreto también establece que las personas o establecimientos que incumplan estas disposiciones podrán ser sancionados con multas que van desde cien balboas (B/.100) hasta mil balboas (B/.1,000).
La Alcaldía de Panamá exhorta a la ciudadanía a mantener una conducta de respeto, moderación, civismo y empatía durante esta fecha de reflexión religiosa para gran parte de la población.
Las autoridades municipales, inspectores, jueces comunitarios y la Policía Municipal estarán encargados de velar por el cumplimiento de estas disposiciones en todo el distrito capital.